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REGLAMENTO DE CONCURSOS 

REGLAMENTO

 

PARA CONCURSOS

 

PROVINCIALES,

 

REGIONALES Y NACIONALES

 

DE LA

 

ASOCIACION NACIONAL DEL

 

ECUADOR

 

DE CRIADORES Y PROPIETARIOS

 

DE

 

CABALLOS DE PASO

 

 

ULTIMAS REFORMAS APROBADAS

EL 10 - 09 - 2019

 

 

 

 

INDICE

 

 

 

                                                                                   Pág.

                                                                CAPITULO

                                                                DE LA INSCRIPCION Y SITIO DEL CONCURSO                    3-4

 

                                                                CAPITULO

                                                                DE LAS CATEGORIAS                                                             4-5

 

                                                                CAPITULO III

                                                                DE LA PRESENTACION                                                           5-6

 

                                                                CAPITULO IV

                                                                DE LA PRUEBA FUNCIONAL                                                   6

 

                                                                CAPITULO V

                                                                DEL INGRESO A LA PISTA                                                       7

 

                                                                CAPITULO VI

                                                                DE LA DESCALIFICACIONES Y DEMERITOS                          7-8

 

                                                                CAPITULO VII

                                                                DE LOS PREMIOS ESPECIALES                                              9-10-11-12

 

                                                                CAPITULO VIII

                                                                DE LOS PUNTAJES                                                                  13

 

                                                                CAPITULO IX

                                                                DEL JUZGAMIENTO Y SUSTENTACION                                 13-14

 

                                                                CAPITULO X

                                                                DE LA CLAUSURA                                                                    15

 

                                                                CAPITULO XI

                                                                DEL COMITÉ ORGANIZADOR                                                  15

 

                                                                CAPITULO XIIDEL JUEZ O JURADO                                        15-16

 

                                                                CAPITULO XIII

                                                                DE LOS COMISARIOS Y DEL VETERINARIO OFICIAL            17-18

                                                                                                                

                                                                CAPITULO XIV

                                                                DE LOS DISTINTIVOS Y CLASIFICACIONES                             18

 

 

 

 

CAPITULO I

DE LA INSCRIPCIÓN

 

 

Art. 1º.- La inscripción en las diferentes categorías por edades, se realizará de acuerdo al presente reglamento. Los ejemplares tendrán que estar inscritos en el Registro Genealógico de la ASOCIACION NACIONAL DEL ECUADOR DE CRIADORES Y PROPIETARIOS DE CABALLOS DE PASO

.

A juicio del Comité Organizador de cada Concurso, podrá establecerse como requisito la presentación de la copia fotostática simple del Certificado de Registro o de la Declaración de Nacimiento, con numeración de registro.

 

 

Art. 2º.- Para un determinado concurso y previa decisión favorable del Directorio de ASOPASO, puede permitirse la participación de ejemplares de propiedad de expositores extranjeros, con la condición de que los ejemplares que concursen se encuentren debidamente inscriptos en las Asociaciones Oficiales de los países de origen del ejemplar, para lo cual deberán adjuntar copia del Registro Genealógico del mismo.  

 

 

Art. 3º.- El monto por inscripción correspondiente a cada ejemplar concursante, será determinado por el Directorio Nacional o regional respectivamente y abonado por el Expositor al momento de la inscripción. 

 

 

Art. 4º.- Las inscripciones se cerrarán indefectiblemente en la fecha y hora que determine el Comité Organizador.

 

 

Art. 5º.- No se recibirán las inscripciones de ejemplares de propiedad de expositores que no estén al día en sus cotizaciones o que tengan otras obligaciones pendientes con la ASOCIACION que organice el Concurso, el cumplimiento de esta disposición, será de responsabilidad de la Tesorería de la ASOCIACION.

 

 

Art. 6º.- Será requisito, en el acto de la inscripción, cumplir las exigencias zoosanitarias pertinentes, entre ellas las que se requieran para obtener el correspondiente pase de tránsito, debiendo entregar el despistaje de Anemia Infecciosa conjuntamente con las solicitudes de inscripción de los ejemplares a los concursos.

 

Requisito indispensable: - Certificado de Anemia Infecciosa negativo expedido dentro de los 180 días anteriores al concurso (DE ACUERDO A DISPOSICIONES DE LAS AUTORIDADES DE AGROCALIDAD).

 

            

 

DEL SITIO DEL CONCURSO

 

Art. 7.- Los concursos provinciales y regionales, deberán organizarse y desarrollarse en un sitio que cuente con una pista de por lo menos 55 metros de ancho y 90 metros de largo, la que deberá estar en los días de concurso en óptimas condiciones de uso.

 

El concurso nacional, deberá organizarse y desarrollarse en la Sede de la Asociación Nacional del Ecuador de Criadores y Propietarios de Caballos de Paso, la misma que deberá contar con una pista de por lo menos 70 metros de ancho y 100 metros de largo, la que deberá estar en los días de concurso en óptimas condiciones de uso.

 

Se entiende por óptimas condiciones de uso, una cancha de hierba adecuadamente cortada, sin huecos ni piedras, que permitan un desarrollo normal de las competencias.

 

No se admitirá bajo ninguna circunstancia, realizar competencias en otro sitio diferente a la pista designada para el concurso. 

 

El Directorio de la Asociación Nacional del Ecuador de Criadores y Propietarios de Caballos de Paso, nombrará un delegado, el mismo que inspeccionará con cuarenta y cinco días de anticipación a la realización de los Concursos Provinciales y Regionales, que el sitio donde se realice dicho Concurso cuente con sus instalaciones en óptimas condiciones de uso. Los gastos en que incurra el delegado serán asumidos por la Asociación que organice el concurso.

 

 

 

CAPITULO II

DE LAS CATEGORÍAS

 

Art. 8º.-          En las categorías se podrá premiar del 1º al 6º puesto y hasta un máximo de 6 menciones honrosas.

 

Las categorías son las siguientes:

 

1.-     NUMERO            DENOMINACION

 

  1. POTRANCAS AL CABESTRO DE 18 A 24 MESES

  2. POTRANCAS AL CABESTRO DE 24 A 30 MESES

  1. POTRANCAS AL CABESTRO DE 30 A 36 MESES

  1. POTRANCAS DE BOZAL O BARBOQUEJO DE 3 A 4 AÑOS

  1. YEGUAS DE FRENO Y ESPUELAS DE 4 Y 5 AÑOS

  1. YEGUAS DE FRENO Y ESPUELAS DE 6 Y 7 AÑOS

  1. YEGUAS DE FRENO Y ESPUELAS DE 8 Y 9 AÑOS

  1. YEGUAS DE FRENO Y ESPUELAS DE 10 AÑOS EN ADELANTE

  1. CAPONES DE TRABAJO DE BOZAL

  1. CAPONES DE TRABAJO DE FRENO Y ESPUELAS DE 4 Y 5 AÑOS

  2. CAPONES DE TRABAJO DE FRENO Y ESPUELAS DE MAS DE 6 AÑOS

  1. POTROS AL CABESTRO DE 18 A 24 MESES

  2. POTROS AL CABESTRO DE 24 A 30 MESES

  1. POTROS AL CABESTRO DE 30 A 36 MESES

  1. POTROS DE BOZAL O BARBOQUEJO DE 3 A 4 AÑOS

  1. POTROS DE FRENO Y ESPUELAS DE 4 Y 5 AÑOS

  1. POTROS DE FRENO Y ESPUELAS DE 6 y 7 AÑOS

  2. POTROS DE FRENO Y ESPUELAS DE 8 y 9 AÑOS

  3. POTROS DE FRENO Y ESPUELAS DE 10 AÑOS EN ADELANTE

 

NOTA: Los cambios de fecha de Categorías serán el 1º de Enero y 1º de Julio

 

Regirá para los Concursos Nacionales y aquellos Concursos Provinciales o Regionales que superen los 220 ejemplares en Cancha, lo siguiente:

De las Categorías:

En el caso de la Yeguas de Freno y Espuelas, se aprueba dividir la primera categoría en dos; la primera Yeguas de Freno y Espuelas de 4 años y la segunda Yeguas de Freno y Espuelas de 5 años, las otras categorías quedan igual.

En el caso de los Capones, se aprueba crear una nueva categoría para freno y espuelas y se procede a distribuirlas en tres; la primera Capones de Freno y Espuelas de 4 a 6 años, la segunda Capones de Freno y Espuelas de 7 a 9 años y la tercera Capones de Freno y Espuelas de más de 10 años. 

De igual forma se mantiene que; En el caso de las Categorías de Bozal y de Freno y Espuelas, las categorías serán divididas en grupos conformados por igual número de ejemplares y tendrán un máximo de 20, los cuales serán ordenados desde el ejemplar de menor al de mayor edad. En el caso que la subdivisión sea inexacta, el primer grupo será el de menor número de ejemplares.

De ser necesario partir la Categoría 4 Potrancas de Bozal o Barboquejo se aprueba crear la Campeona Potrancas de Bozal o Barboquejo, con las que obtuvieren el primer lugar en cada una de las divisiones.

 

CAPITULO III

DE LA PRESENTACION

 

Art. 9º.-          Los caballos que concursen deberán estar correctamente ensillados y aperados, se permitirá el uso de herrajes. El apero será completo con sus piezas tradicionales y en perfecto estado de conservación. En las categorías al cabestro las jáquimas deben ser de cuero.

 

Art. 10º.-       La edad mínima para participar como exhibidor será de 15 años, salvo quienes participen en la prueba de menores. 

 

Art. 11º.- Una vez iniciada la prueba el jalador o chalán sólo podrán ser cambiados por motivos de fuerza mayor, previa aceptación del Juez o Jurado.

 

Art. 12º.- La vestimenta de los chalanes o jaladores será la siguiente:

 

EN CATEGORÍAS AL CABESTRO. -

 

  1. Pantalón blanco.

  2. Camisa Blanca, cotona o guayabera.

 

 

EN CATEGORÍAS DE BOZAL. -

 

  1. Pantalón blanco.

  2. Camisa blanca, cotona o guayabera.

  3. Botines o botas de cuero.

  4. Sombrero de paja tradicional.

  5. Pañuelo blanco o crema (opcional).

 

EN CATEGORÍAS DE FRENO Y ESPUELAS. -

 

  1. Pantalón blanco.

  2. Camisa blanca, cotona o guayabera.

  3. Botines o botas de cuero.

  4. Sombrero de paja tradicional.

  5. Pañuelo blanco o crema (opcional).

  6. Saco de color blanco o poncho (opcional)

  7. Espuelas.

 

EN LA PRUEBA FUNCIONAL. -

 

  1. Pantalón blanco.

  2. Camisa blanca, cotona o guayabera.

  3. Botines o botas de cuero.

  4. Sombrero tradicional de paja.

  5. Pañuelo blanco o crema (opcional).

  6. Espuelas.

 

 

CAPITULO IV

DE LA PRUEBA FUNCIONAL

(Opcional para certámenes que no sean los Concursos Nacionales)

 

Art. 13º.-       Los ejemplares presentados en las categorías de Freno y Espuelas y los que se presenten de Freno y Espuelas en los premios especiales, deberán haber realizado satisfactoriamente la Prueba Funcional consistente en un recorrido de 5km., en menos de 50 minutos para yeguas; 7km. en menos de 70 minutos para potros.

 

Los ejemplares deberán realizar la prueba funcional sin claudicaciones en los aires típicos de la raza. En caso de incumplimiento de estas disposiciones serán descalificados.

 

Art. 14º.-       La programación y horario de las pruebas funcionales serán establecidas por los Comités Organizadores de cada concurso.  Esta prueba es opcional para los concursos Provinciales y Regionales.  En el Concurso Nacional solo el Directorio podrá suspenderla en casos de fuerza mayor.

 

 

 

 

CAPITULO V

DEL INGRESO A LA PISTA

 

 

 

Art. 15.- No está permitido el ingreso de los ejemplares con bajadores o ayudas de ésta índole.

 

Los expositores reclamarán el primer día del concurso, los números que le correspondan a sus ejemplares, sin el cual, no podrán efectuar la prueba funcional ni concursar.

 

Se realizarán tres llamadas para presentarse a la cancha de juzgamiento, después de la tercera llamada, el expositor tendrá un plazo de 5 minutos para que su ejemplar ingrese a ésta.  No se permitirá bajo ningún motivo el ingreso de ejemplares pasado este límite.

 

El Comisario General y/o Comisario de Admisión, serán inflexibles en el cumplimiento de estas normas.

 

Los ejemplares retirados por disposición del Juez y/o Veterinario por defectos físicos o por lesiones, y aquellos retirados por solicitud de los expositores y/o chalanes no podrá regresar al Campo de juzgamiento durante el concurso. Tampoco se permitirá que ingresen a premios especiales ejemplares que hayan sido descalificados.

 

 

 

 

CAPITULO VI

DE LA DESCALIFICACIONES Y DEMERITOS

 

Art. 16º.-       El exhibidor que suplantara o falseara sus animales en la Prueba Funcional, en su categoría o en el desfile de clausura, así como el que falseara información sobre la fertilidad de su reproductor, será descalificado del concurso, perdiendo todos los premios que hubiera obtenido en el mismo. Además, será sancionado por Directorio una vez que conozca el informe del Comité Organizador.

 

Art. 17º.-  No se permitirá el ingreso a la cancha de juzgamiento de jinetes o cabestreadores que muestren síntomas de ebriedad. Tampoco será permitido fumar en la cancha de juzgamiento, así como el uso de lentes oscuros, salvo que obedezcan a una prescripción médica. Igualmente serán descalificados los exhibidores, jinetes o expositores que incumplan las disposiciones de este Reglamento, así como los ejemplares que conduzcan.  

La descalificación será aplicada, también, en los siguientes casos referidos al ejemplar concursante:

 

  1. Por concursar en categoría o premio especial, diferente al que le corresponde.

  2. Los potros de bozal o freno que no les hubiera descendido los dos testículos a la bolsa escrotal, salvo aquellos que por accidente o enfermedad o infección se les haya extirpado uno de los testículos. En dicho caso el propietario deberá haber cumplido con informar a la A.S.O.P.A.S.O. dentro de las 10 DÍAS laborables de ocurrido el hecho a fin de que sea constatado por un veterinario calificado por la A.S.O.P.A.S.O.

En el evento de presentarse casos anteriores a la vigencia de esta disposición, que hayan sido reportados y certificados por veterinarios reconocidos por la Asociación podrán concursar en la categoría que le corresponda de acuerdo a su edad.

     

  1. Los prognáticos: Entiéndase por prognáticos aquellos ejemplares que tengan la mandíbula superior o inferior más larga que la otra. Exclúyase capones. 

  2. Los que tengan “ojo zarco”. Exclúyase los capones.

  3. Los que tengan en posición natural, el cuello “volteado” o sea aquel que presente más de una curva en la línea superior del cuello. Excluyéndose los capones.

  4. Los que presenten claudicaciones durante la competencia en la que están participando, confirmada por el Veterinario Oficial del concurso.

  5. Indocilidad manifiesta del animal en tres o más oportunidades.

  6. Cuando previo chequeo por el Comisario de Admisión se detecte adulteraciones en el apero que modifiquen la función del caballo, ocultando o superando cualquier deficiencia de su desempeño habitual.

  7. Cuando los ejemplares presenten alteraciones artificiales en la coloración del pelaje, particularidades o en su reseña, según la ficha registral.

  8. Los ejemplares que por su indocilidad tengan que ser asistidos por terceras personas.

 

 

Art. 18º.-       Son considerados deméritos los que presenten:

 

  1. En posición natural el cuello flojo o vencido.

  2. Defectos o debilidades

Aquellos ejemplares que tengan cuartillas vencidas o distendidas como consecuencia de una flexión mayor de lo normal de tendones y ligamentos, que se observaren con el ejemplar detenido y en movimiento en el transcurso de la prueba, serán sancionados por el Juez del Concurso y no podrán ocupar ninguno de los tres primeros puestos de la clasificación en la Categoría.

  1. Marcados factores de albinismo.

 

 

 

 

 

CAPITULO VII

DE LOS PREMIOS ESPECIALES

 

 

Art. 19º.-       Los Premios especiales son los siguientes:

 

  1. CAMPEON JOVEN AL CABESTRO – (CAT.20-21). Se premiará al mejor potrillo y a la mejor potranca independientemente, entre los ganadores de las categorías al cabestro.

 

  1. CAMPEON Y RESERVA DE CAMPEON DEL AÑO. - (CAT.36-37 -38). Se premiará a los dos mejores ejemplares entre los que hayan obtenido el 1er y 2do puesto de las diferentes categorías de Freno y Espuelas, independientemente en machos, hembras y capones. Para participar en este premio:  

Los machos y las hembras deberán haber participado en el premio especial al Mérito Zootécnico, y 

Los machos, hembras y capones deberán haber participado en el premio especial de pisos.

 

Para participar en esta prueba los ejemplares hembras y machos, (con excepción hecha a las categorías 5 – YEGUAS DE FRENO Y ESPUELAS DE 4 Y 5 AÑOS y 16 - POTROS DE FRENO Y ESPUELAS DE 4 Y 5 AÑOS), deben de ser de comprobada capacidad reproductiva verificada por inscripción de su descendencia en el Registro Genealógico o:

 

  • Las hembras: El expositor deberá presentar al Comisario General un certificado de preñez mediante ecografía o palpación, expedido por Médico Veterinario oficial. 

 

  • Los machos: El expositor deberá presentar al Comisario General una declaración jurada indicando que a la fecha del concurso su ejemplar tiene yeguas preñadas. Este formato estará a disposición con el Comisario de Admisión.

 

En caso que el propietario del reproductor hubiere optado por la declaración juramentada y no cumpla con registrar la descendencia del ejemplar participante, en los siguientes 12 meses de realizado el concurso, el ejemplar será destituido del premio y el propietario sancionado por el Directorio.

 

Los campeones del año del Concurso Nacional, podrán disputar directamente este premio especial, en los demás concursos Regionales o Provinciales.

 

 

  1. CAMPEON DE CAMPEONES. - (CAT. 39-40-41).  Se premiará al ejemplar que resulte ganador de la competencia entre los Campeones de años anteriores con el Campeón del Año del presente Concurso, independientemente en machos, hembras y capones.

 

 

D.    PREMIOS DE PISOS. - (CAT. 22-23-24). Los ejemplares que participen en el Premio de Pisos deberán corresponder a las “Categorías de Freno y Espuelas” pudiendo participar los ejemplares que hayan concursado en sus categorías correspondientes, y haber clasificado en los seis primeros puestos.

Se premiará los dos primeros puestos para machos, hembras y capones. 

 

 

  1. PREMIO DE CONJUNTOS. - (CAT. 27-28-29). Se premiará del 1er al 6to puesto a los conjuntos que estarán conformados por un mínimo de tres ejemplares presentados de freno y espuelas, debiendo ser todos ellos de propiedad del mismo expositor y serán los siguientes:

 

  1. Conjunto de Potros

  2. Conjunto de Yeguas

  3. Conjunto de Capones

 

  1. PREMIO AL MERITO ZOOTECNICO. - (CAT. 25-26). Será adjudicado separadamente al potro y a la yegua, que tengan la Conformación más ajustada al Patrón del Caballo de Paso. Deberán participar los ejemplares que hayan alcanzado el 1º y 2º puesto en las categorías de freno y espuelas, siendo opcional para los ejemplares que ocuparon del 3 al 6 puesto.

 

  1. PREMIO PROGENIE DE PADRE. - (CAT.31). Se otorga al mejor conjunto de tres o más ejemplares de Silla, hijos de un mismo potro, para los Concursos Provinciales, Regionales y Nacionales. Los ejemplares pueden ser de cualquier sexo y pertenecer a distintos propietarios. El premio, en caso de acceder al mismo, será otorgado al propietario del potro.

 

  1. PREMIO PROGENIE DE MADRE. - (CAT.30).  Al mejor conjunto de dos o más ejemplares de Silla, hijos de la misma Madre. Podrán ser de cualquier sexo y pertenecer a distintos propietarios. El premio, en caso de acceder al mismo, será otorgado al propietario de la yegua madre.

 

 

  1. PREMIO MADRE E HIJA. - (CAT.32).  Se otorgará a la mejor pareja conformada, por una Yegua de Freno y Espuelas y su Hija de Silla, pudiendo ser esta última de diferente propietario. Se entregará el premio al propietario de la madre.

 

  1. PREMIO AFICION. - (CAT.33). Se otorgará a la persona natural o jurídica que exhiba el mejor conjunto conformado por un potro, una yegua y un capón, presentados de Freno y Espuelas, debiendo ser los animales criados y exhibidos por el mismo propietario.

 

  1. LAUREADO. -         Se otorga el título de “Potro Laureado”, “Yegua Laureada”, o “Capón Laureado” al ejemplar que haya obtenido por tres veces el Premio de Campeón de Campeones en Concursos Nacionales.

Solo podrán competir en los Premios Especiales.

            En los Concursos distintos a los Nacionales, este título será           denominado “TRICAMPEON”.

 

 

  1. ENFRENADURA. - (CAT. 34). Se premiará a los enfrenadores participantes en orden de mérito del 1er al 6to puesto. El enfrenador estará vestido a la usanza tradicional, y el ejemplar con apero completo. Deberá realizar las pruebas obligatorias que se indican a continuación, sin el uso de gamarrilla o bozalillo.

El enfrenador podrá conducir su ejemplar a “rienda pareja” o         “a rienda coja”, siendo previamente interrogado por el Juez o Jurado sobre la modalidad que empleará en la prueba. Tendrá preferencia el trabajo a “rienda pareja”.

Al momento de inscribir al ejemplar y al chalán que lo presentará se inscribirá también el nombre del Enfrenador o persona que lo instruyó.

      

Las pruebas obligatorias serán las siguientes:

 

  1. Torno a ambas manos.

  2. Caracol a ambas manos.

  3. El ocho.

  4. Sentar.

  5. Cejar en línea recta.

  6. El seis destapado.

 

El Juez o jurado evaluará:

 

  1. La modalidad de conducción, prefiriéndose “a rienda pareja”.

  2. La posición del jinete en el trabajo.

  3. La embocadura del caballo.

  4. Que el caballo cuartee y ruede con facilidad a ambas manos.

  5. La posición de la cabeza del animal durante el trabajo.

  6. La dirección y ejecución de los movimientos.

 

No podrán presentarse en la prueba de Enfrenadura ejemplares que hayan obtenido el primer puesto en esta      misma prueba, en anteriores concursos nacionales ni en       otros certámenes equivalentes. El Juez o Jurado determinará         los puestos que considere conveniente otorgar. Constituye        deméritos, si los ejemplares se salen de piso o abren la       boca durante el desarrollo de la prueba o rehúya las órdenes de su jinete.

 

ENFRENADOR DE PRIMERA. - Se hará acreedor al título de        Enfrenador de Primera, el profesional que haya obtenido el primer premio en Concurso Nacional o dos primeros premios en Concursos Regionales auspiciados por la Asociación, con un mínimo de tres participantes en la categoría.

 

MAESTRO ENFRENADOR. - Se hará acreedor al título de Maestro Enfrenador, el profesional que haya obtenido por lo menos dos primeros premios en Concursos Nacionales, con un mínimo de cinco participantes en cada prueba.

 

Los ganadores de la Prueba de Enfrenadura obtendrán los premios pecuniarios que determine el Comité Organizador en cada oportunidad.

 

 

  1. PRUEBA DE MENORES. - (CAT.35).    Se premiará a los participantes en orden de mérito del 1er al 6to puesto. El Comité Organizador de cada concurso establecerá las categorías de acuerdo al número de inscritos, edad y sexo de los participantes.

Los ejemplares participantes no están obligados a efectuar la Prueba Funcional.

Los participantes en las pruebas de menores deberán inscribirse en el Comisariato. Al momento de concursar lo harán con pantalón y camisa blanca, pañuelo blanco o crema (opcional), sombrero (casco protector) y botas o botines. No se permitirá el uso de poncho, espuelas y pellón.

 

 

CAPITULO VIII

DE LOS PUNTAJES

 

Art. 20º.-

 

A.  PREMIOS AL CRIADOR Y AL EXPOSITOR DEL AÑO. - Estos premios serán otorgados, por separado, al Criador y al Expositor que hayan obtenido el más alto puntaje, luego de aplicarse la siguiente escala sobre un máximo de ocho ejemplares por Criador o Expositor:

      

                        Primer Premio                     : 12 puntos

                        Segundo Premio                 : 10 puntos

                        Tercer Premio                      : 8 puntos

                        Cuarto Premio                     : 6 puntos

                        Quinto Premio                     : 4 puntos

                        Sexto Premio                       : 2 puntos

 

Si un criador o expositor participa con más de un ejemplar en una misma categoría, solo se otorgará puntaje al ejemplar mejor calificado.

 

Los ejemplares al Cabestro y Capones se harán acreedores al 50% del puntaje arriba indicado.

 

En caso de empate, se definirá por el mayor número de primeros puestos en categorías. De persistir el empate, por el mayor número de segundos puestos y así sucesivamente.

 

Al Campeón Macho y Campeón Hembra del Año se le otorgará 2 puntos adicionales al puntaje correspondiente de su categoría y al Campeón de Capones se le adjudicará un punto adicional al obtenido en su categoría.

 

A los Campeones de Campeones Machos y Hembras se les otorgará 16 puntos y al Campeón de Campeones Capones 8 puntos. En estos puntajes están incluidos los puntos obtenidos en su categoría y por el Campeonato del Año, si fuera el caso.

 

Asimismo, se otorgarán ocho puntos a los ejemplares participantes en este premio, siempre y cuando concluyan la prueba satisfactoriamente, y a los capones se les otorgará cuatro puntos.

 

De los puntajes para mejor Criador y Mejor Expositor:

Para el cómputo del Mejor Criador y del Mejor Expositor, se deberá considerar los puntos obtenidos por todos los ejemplares que participan en una misma categoría y que sean de un mismo criador y de un mismo expositor. Estos puntajes serán considerados dentro de los 8 mejores puntos obtenidos para el cómputo general del Mejor Criador y Mejor Expositor de cada Concurso. Regirá para todos los Concursos Provinciales, Regionales y Nacionales.

 

 

Al 1er y 2do puesto en Pisos, Macho y Hembra se les otorgará dos puntos y un punto adicional al obtenido en su categoría respectivamente. Al 1er puesto en Pisos Capón se le otorgará un punto adicional.

 

A los ganadores de Mérito Zootécnico en Macho y Hembra se les otorgará un punto adicional al obtenido en su categoría.

 

B.  PREMIO AL REPRODUCTOR DEL AÑO. - Será otorgado al Propietario y al Criador del potro cuyos hijos totalicen el mayor puntaje, aplicando el mismo sistema que se utiliza para determinar al Criador y Expositor del Año.

 

C. PREMIO AL EXPOSITOR NOVEL. - Será otorgado al Expositor que no haya participado anteriormente en un Concurso equivalente y acumule el mayor puntaje, después de haber sido aplicadas las escalas mencionadas anteriormente.

 

CAPITULO IX

DEL JUZGAMIENTO Y SUSTENTACION

 

 

 

Art. 21.- En todas las categorías de silla, menos en las pruebas especiales, ya sean éstas de bozal y/o freno.

 

DE LOS TIEMPOS

 

DURANTE LA ETAPA DE SELECCIÓN

Ejemplar al Cabestro:

• Entre 8 y 15 ejemplares (3 a 6 minutos como máximo)

• Entre 1 y 7 ejemplares (2 a 4 minutos como máximo)

 

Ejemplar de silla:

• Entre 10 y 20 ejemplares (7 a 12 minutos como máximo con cambio de mano incluido)

• Entre 1 y 10 ejemplares (4 a 8 minutos como máximo con cambio de mano incluido)

 

Se considerarán 20 ejemplares por categoría de silla, para partir las mismas.

  

El Señor COMISARIO DE COMPUTOS, será el que controle el tiempo, el cual avisará al momento de cumplirse el mismo.

 

Las cotejas serán opcionales, así como montar los ejemplares.

 

El Jurado queda autorizado a declarar desierta una categoría, premio especial y/o reducir el número de puestos en las categorías, cuando, a su criterio los animales concursantes no reúnan el mínimo de condiciones que los amerite a ser premiados.

 

 

Los animales podrán ser requeridos por el Jurado las veces que éste crea conveniente para su mejor juzgamiento.

 

El Jurado tendrá que ordenar el retiro de algún animal, si éste considera que el animal entorpece el desarrollo de la prueba, asimismo cualquier expositor podrá retirar su animal de la cancha, si lo decidiere por alguna razón, previo permiso del Jurado.

 

Ningún animal podrá ingresar a la pista de juzgamiento sino debidamente autorizado por el COMISARIO DE ADMISION.

 

El fallo del Jurado es inapelable y tiene autonomía para hacerlo.

 

 

Art. 22.- Todos los fallos serán sustentados refiriéndose exclusivamente a la funcionalidad, conformación y belleza estética de los animales.

Las sustentaciones de los resultados de cada categoría serán rotativas y las harán los jueces principales, alternándose respectivamente en cada categoría y siguiendo el mismo orden con que iniciaron.

Los jueces deberán sustentar, cada uno en su momento. En caso de que el fallo del Juez, que está sustentando sea distinto al del resultado oficial; tendrá la oportunidad en la sustentación de poder hacer conocer su apreciación, de por qué colocó al ejemplar en otra posición diferente y compararlo con el resultado oficial mientras lo sustenta.

Las categorías deberán ser sustentadas comenzando por el último, y finalizando con el primer ejemplar clasificado.

 

 

CAPITULO X

DE LA CLAUSURA

 

Art. 23º.- En el Desfile de Clausura del Certamen, podrán participar todos los ejemplares que hayan participado del Concurso. .

 

Igualmente podrán desfilar los ganadores del 1ero. y 2do. puesto en las Categorías de Menores.

 

 

 

CAPITULO XI

DEL COMITÉ ORGANIZADOR

 

Art. 24.- El Comité Organizador del Concurso Nacional será nombrado por el Directorio de ASOPASO.

 

Los Comités Organizadores de los demás concursos, serán nombrados por las diferentes Asociaciones.

 

 

 

CAPITULO XII

DEL JUEZ O JURADO

 

Art. 25º.-       El Juez o Jurado es la máxima autoridad en el campo de juzgamiento y merece el respeto y colaboración que la función a su cargo requiere, sus fallos son inapelables.

 

La modalidad de juzgamiento y jueces o jurado para Concursos Provinciales, Regionales y Nacionales e Internacionales se regirá por el Reglamento que para tal fin, elabore y establezca el Directorio de la Asociación Nacional del Ecuador de Criadores y Propietarios de Caballos de Paso.

 

Art. 26º.-       Los Jueces mantendrán su autonomía, en lo que respecta a su función de juzgamiento, no pudiendo tomar medidas de naturaleza administrativas u otras ajenas a su función, sin previa coordinación con el Comité Organizador o el Directorio de la Asociación.

 

Art. 27º.-       Los Jueces están obligados a respetar y hacer respetar las disposiciones de este Reglamento y contarán con la colaboración de un Comisario de Campo y de un Veterinario, además de un Juez adjunto.

 

Art. 28º.-       El Juez o Jurado calificará tomando en cuenta los siguientes factores:

 

  1. En los ejemplares al Cabestro y de Silla:

            

  1. Los pisos.

  2. El brío y temperamento.

  3. La conformación:

    • Aplomos

    • Fortaleza

    • Belleza

 

  1. La elegancia y arrogancia

  2. El Comportamiento

  3. El Color

 

B. En el Premio de Pisos:

 

  1. La suavidad

  2. El avance

  3. La soltura, elasticidad y armonía en sus desplazamientos.

  4. Término y agudeza ejecutados con elegancia.

 

C. En los Premios de Conjuntos: Se tomará en cuenta la calidad del conjunto y la homogeneidad en:

 

  1. El tipo

  2. Los pisos

  3. La conformación

  4. El color

 

D. En el Premio Afición: Se tomará en cuenta la homogeneidad del conjunto, tanto en la calidad individual, pisos, conformación y finalmente el color.

 

 

Art. 29º.-       El Juez o Jurado a su criterio o a solicitud del Comisario, tomará todas las medidas que considere convenientes para el mejor desarrollo del concurso y de aquellas que no hubieran sido contempladas en este Reglamento.

 

Sancionará con la suspensión o expulsión del Campo de Juzgamiento a la persona o personas que incumplan el Reglamento o de alguna manera atenten contra el orden y la compostura en que el concurso debe realizarse.

 

El Juez evitará el castigo y maltrato de los ejemplares concursantes.

 

Independientemente de estas sanciones, el Juez o Jurado o el Comité Organizador informará por escrito al Directorio de la Asociación, sobre cualquier trasgresión del reglamento, falta de respeto o actitud incorrecta del expositor o chalán, para la aplicación de las sanciones correspondientes que determine el Directorio.

 

CAPITULO XIII

DE LOS COMISARIOS Y DEL VETERINARIO OFICIAL

 

Art. 30º.- El Comisario General será nombrado por el Directorio Nacional en coordinación con el Comité Organizador para el Concurso Nacional y por la respectiva Asociación o Comité Organizados tratándose de otros concursos.

 

Serán funciones del Comisario General:

 

  1. Velar por el estricto cumplimiento del presente Reglamento y de las disposiciones vigentes.

  2. Colaborar con el Juez o Jurado en todo lo referente al normal funcionamiento del concurso.

  3. Controlar la Prueba Funcional asistido por el Comisario de Admisión y el Veterinario Oficial.

  4. Supervisar las instalaciones de todo el campo ferial.

  5. Supervisar la recepción y distribución de pesebreras.

  6. Elaborar un informe sobre el concurso al término de este al Directorio de Asociación y al Comité Organizador.

 

 

Art. 31º.- El Comisario de Admisión será nombrado por el Directorio de cada Asociación en coordinación con los Comités Organizadores de dichos eventos. 

 

El Comisario de Admisión designado tendrá las siguientes funciones:

 

  1. Verificar a los ejemplares antes de ingresar al campo de juzgamiento encargándose de que estos no posean ninguna descalificación mencionada en los artículos 17° y 18° del presente Reglamento.

  2. Vigilar que los ejemplares estén correctamente aperados y que la vestimenta de los chalanes esté acorde con el presente Reglamento.

  3. Colaborar en todo lo que sea necesario con el Juez o Jurado y con el Comisario General.

  4. Es responsabilidad del Comisario de Admisión no permitir el ingreso de ningún ejemplar después del cierre de la tranquera.

  5. Asistir en la prueba funcional al Comisario General.

  6. Colaborar con el Comisario General durante el desarrollo de la clausura.

 

Art. 32º.- El Veterinario Oficial nombrado por el Comité Organizador del evento será el encargado de:

 

  1. Asistir conjuntamente con el Comisario de Admisión al Comisario General en la Prueba Funcional.

  2. Verificar conjuntamente con el Comisario de Admisión que los ejemplares que ingresen al campo de juzgamiento estén de acuerdo a las exigencias del presente reglamento.

  3. Permanecer durante el desarrollo de las diferentes pruebas en el campo ferial para absolver las consultas que el Juez o Jurado tengan a bien realizarle.

  4. Informar al Comisario General de cualquier anomalía que se presente y que tenga relación con el presente reglamento, para que se tomen las medidas del caso.

CAPITULO XIV

DE LOS DISTINTIVOS Y CLASIFICACIONES

 

 

Los distintivos de los premios y clasificaciones son los siguientes:

 

a.- ROSETAS. -

 

En cada categoría se identificará a los ejemplares clasificados por el Juez, de acuerdo a lo siguiente:

 

     Para el primer puesto:                    Roseta amarilla, y Diploma.

Para el segundo puesto:               Roseta azul.

Para el tercer puesto:                     Roseta roja.

Para el cuarto puesto:                    Roseta verde.

Para el quinto puesto:                    Roseta lila

Para el sexto puesto:                     Roseta celeste.

Para las Menciones Honrosas:    Roseta blanca

 

b. PETRALES. -

 

Son distintivos que identifican a los siguientes ejemplares premiados, según la relación siguiente:

 

Campeón del año                           Petral Amarillo, azul y rojo.

 

Reserva de campeón del año:     Petral Celeste y Blanco.

 

Campeón de Bozal:                      Petral Blanco y azul

 

Campeón Joven al Cabestro        Petral Blanco y verde

 

Campeón de Campeones Petral Amarillo, azul y Rojo, con botón celeste y blanco.

 

NOTA: La dudas e interpretaciones del presente Reglamento serán consultadas y resueltas según corresponda por el Juez o Jurado, el Comisario General o el Comité Organizador y en última instancia por el Directorio de la ASOPASO

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